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Tarifas y tablas · Laboral

Bases y tipos de cotización en el Régimen General

Conozca los límites mínimos y máximos y el coste de las cotizaciones sociales.

Actualizado el 17 de julio de 2026

Laboral y Seguridad Social

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Bases de cotización para 2026

La base máxima de cotización en el Régimen General para 2026 es de 5.101,20 euros mensuales y la base mínima es de 1.424,40 euros mensuales.

Vea las bases máximas y mínimas actuales en función del grupo de cotización al que estén adscritos sus trabajadores:

Grupo de cotización

Categorías profesionales

Base mínima mensual

Base máxima mensual

1

Ingenieros y licenciados

1.989,30 euros

5.101,20 euros

2

Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados

1.649,70 euros

5.101,20 euros

3

Jefes administrativos y de taller

1.435,20 euros

5.101,20 euros

4

Ayudantes no titulados

1.424,40 euros

5.101,20 euros

5

Oficiales administrativos

1.424,40 euros

5.101,20 euros

6

Subalternos

1.424,40 euros

5.101,20 euros

7

Auxiliares administrativos

1.424,40 euros

5.101,20 euros

Grupo de cotización

Categorías profesionales

Base mínima diaria

Base máxima diaria

8

Oficiales de primera y segunda

47,48 euros

170,04 euros

9

Oficiales de tercera y especialistas

47,48 euros

170,04 euros

10

Peones

47,48 euros

170,04 euros

11

Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional

47,48 euros

170,04 euros

Tipos de cotización para 2026

Los tipos de cotización en el Régimen General para 2026 son los siguientes:

Concepto

Porcentaje

Empresa

Trabajador

Total

Contingencias comunes

23,60%

4,70%

28,30%

Desempleo (contrato indefinido, fijo discontinuo, temporales de discapacitados, formativos, relevo, interinidad)

5,50%

1,55%

7,05%

Desempleo (contrato de duración determinada)

6,70%

1,60%

8,30%

FOGASA

0,20%

-

0,20%

Formación profesional

0,60%

0,10%

0,70%

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Según la tarifa de primas incluida en la DA 4.ª de la Ley 42/2006

Horas extraordinarias (fuerza mayor)

12%

2%

14%

Horas extraordinarias (otras)

23,60%

4,70%

28,30%

MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)

0,75%

0,15%

0,90%

Cotización adicional de solidaridad

Será el resultado de aplicar un tipo del 1,15% a la parte de retribución comprendida entre 5.101,21 euros y 5.611,32 euros, siendo el 0,96% a cargo de la empresa y el 0,19%, a cargo del trabajador; el 1,25% aplicable a la parte de retribución comprendida entre 5.611,33 euros y 7.651,80 euros, siendo el 1,04% a cargo de la empresa y el 0,21%, a cargo del trabajador; y el 1,46% a la parte de retribución que supere la anterior cuantía, siendo el 1,22% a cargo de la empresa y el 0,24%, a cargo del trabajador.

Información general

Este contenido es divulgativo y no sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto. Las cifras y plazos pueden cambiar: consúltenos antes de tomar una decisión.

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