C/ Grabador Esteve, 3, pta. 4 · 46004 Valencia · Atención con cita previa

★ 4,9 en Google · 82 reseñas · gdomenech@icav.es

Inicio › Laboral y Seguridad Social › Incapacidad permanente

Seguridad Social

Abogado de incapacidad permanente en Valencia

Presto asistencia en procedimientos de incapacidad permanente frente al INSS, tanto en vía administrativa como judicial. Reviso la documentación médica y profesional y valoro la estrategia antes de iniciar la reclamación.

★ 4,9 en Google · 82 reseñas

+20 años de ejercicio

Colegiado en el ICAV

Lo esencial

Si el INSS se la deniega, se puede reclamar

  • Frente a la resolución del INSS cabe reclamación previa en el plazo de 30 días desde la notificación.
  • Si se desestima, puede presentarse demanda ante el Juzgado de lo Social.
  • Lo decisivo son los informes médicos y su relación con las tareas de su profesión habitual.
  • También puede pedirse la revisión del grado si sus dolencias se agravan.

Grados de incapacidad

Qué grado de incapacidad permanente le puede corresponder

La incapacidad permanente no depende solo del diagnóstico, sino de cómo sus limitaciones afectan a su trabajo. Por eso estudio a la vez los informes médicos y las tareas reales de su profesión.

Incapacidad permanente parcial

Disminución del rendimiento en su profesión habitual sin impedirle realizar las tareas fundamentales. Da derecho a una indemnización a tanto alzado.

Incapacidad permanente total

Le impide realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual, aunque pueda dedicarse a otra distinta. Da derecho a una pensión, que puede incrementarse a partir de los 55 años (total cualificada).

Incapacidad permanente absoluta

Le inhabilita para toda profesión u oficio. Da derecho a una pensión del 100 % de la base reguladora.

Gran incapacidad

Cuando, además de la incapacidad absoluta, necesita la ayuda de otra persona para los actos más esenciales de la vida. Incluye un complemento adicional a la pensión.

Incapacidad denegada

Si el INSS no le reconoce ningún grado, o le reconoce uno inferior al que considera que le corresponde, puede reclamarse. En el juicio pesan mucho los informes médicos y periciales.

Incapacidad permanente y contrato de trabajo

Desde 2025 la declaración de incapacidad permanente ya no extingue automáticamente el contrato. Le explico qué cambia.

El procedimiento

Cómo se tramita y cómo se reclama

  • Inicio: el expediente puede iniciarse a solicitud del trabajador o de oficio, por ejemplo al agotar la incapacidad temporal.
  • Valoración médica: el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) emite un dictamen y el INSS dicta resolución.
  • Reclamación previa: si no está de acuerdo, se presenta en el plazo de 30 días desde la notificación de la resolución.
  • Demanda: si la reclamación se desestima, el asunto se lleva al Juzgado de lo Social, donde la prueba médica es determinante.
  • Revisión: si sus dolencias empeoran, puede solicitarse la revisión del grado reconocido.

Revise la resolución cuanto antes

El plazo para reclamar frente a la resolución del INSS es breve. Conviene preparar la documentación médica y profesional desde el primer momento.

Opiniones en Google

Lo que dicen quienes ya han confiado su asunto al despacho

★★★★★ 4,9 de 5 · 82 reseñas en Google · Ver todas las reseñas

★★★★★

«Desde la primera llamada me trasmitió interés, comprensión, confianza y seguridad, lo que es muy importante en estas situación tan desagradables. Durante todo el proceso estuvo implicado y siempre disponible para resolver y aclarar mis dudas.»

Lilyana Valerieva · Despido

★★★★★

«Ganó el juicio contra la oficina de extranjería por la denegación de mi permiso de trabajo, muy contento, lo recomiendo como abogado.»

nfila · Extranjería

★★★★★

«Ganado juicio contra la seguridad social un éxito. Abogado muy profesional, muy honesto. Estoy seguro que sin don Guillermo no hubiese sido posible ganar.»

Manuel Solera Martínez · Seguridad Social

★★★★★

«Excelente profesional, llevo una sanción que me impuso la empresa y una modificación circunstancial de mis condiciones de trabajo, en ambas muy satisfecho con los resultados.»

Carlos Gallardo · Sanción laboral

★★★★★

«Guillermo es una persona muy cercana y mantiene contacto constante (no te sientes abandonada en ningún momento). Lo estudia todo muy mucho. Abogado de 10.»

Elisabet Casero Rodríguez

★★★★★

«Me gustaría dejar un comentario sobre la excelente labor de Guillermo Doménech, quien ha sido fundamental para resolver mi problema con la TIE (Tarjeta de Identificación para Extranjeros).»

Motbinama International · Extranjería

Opiniones reales publicadas por clientes en Google. Cada asunto es distinto y su resultado depende de sus circunstancias concretas.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre la incapacidad permanente

¿Lleva el despacho procedimientos de incapacidad permanente?

Sí. Se estudian procedimientos de incapacidad permanente y otras controversias de Seguridad Social, en vía administrativa y judicial.

¿Qué hago si el INSS me deniega la incapacidad?

Presentar reclamación previa en el plazo de 30 días desde la notificación y, si se desestima, demanda ante el Juzgado de lo Social. Conviene revisar antes los informes médicos.

¿Puedo trabajar con una incapacidad permanente total?

Sí, en una profesión distinta de la habitual, con las compatibilidades y comunicaciones que exige la normativa.

¿Qué documentación necesito?

Informes médicos, pruebas diagnósticas, la resolución y el dictamen del INSS, su vida laboral y una descripción de las tareas de su puesto.

¿Se puede pedir un grado mayor si empeoro?

Sí. Puede solicitarse la revisión por agravación dentro de los plazos y condiciones que establece la normativa.

Solicite una cita

Estudiaré personalmente su caso

Cuénteme brevemente qué ha ocurrido y le contactaré para concertar una cita en el despacho. Revisaré la documentación y le explicaré las alternativas jurídicas y la estrategia que considero adecuada.

  • Teléfono y WhatsApp: 695 915 147
  • Correo: gdomenech@icav.es
  • Despacho: C/ Grabador Esteve, 3, pta. 4, 46004 Valencia
  • Atención presencial con cita previa

Escríbame

Le responderé lo antes posible. Si su asunto es urgente, llámeme.

Formulario de contacto