C/ Grabador Esteve, 3, pta. 4 · 46004 Valencia · Atención con cita previa

★ 4,9 en Google · 82 reseñas   ·   contacto@guillermodomenechabogado.com

Inicio › Noticias

Sentencias laborales de interés

16/12/2021

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sentencias laborales de interés

Distribución irregular

El Tribunal Supremo ha declarado lícita una distribución irregular de jornada establecida por la empresa sin el acuerdo de los representantes de los trabajadores, ya que afecta a menos del 10% de la jornada y el convenio no impone la necesidad de acuerdo [TS 20-10-2021].

  • El Tribunal recuerda que la distribución irregular de jornada hasta ese límite del 10% es una potestad de la empresa, que no necesita acuerdo previo con los representantes de los trabajadores.
  • El hecho de que esa facultad unilateral se otorgue, según el propio Estatuto de los Trabajadores, “en defecto de pacto” no significa que éste sea obligatorio. Únicamente sería de aplicación esa distribución irregular pactada si el convenio colectivo o una negociación previa hubiesen fijado una distribución irregular diferente.

Supuestos de accidente in itinere

Se ha considerado accidente laboral una caída producida en la segunda residencia de una empleada que volvía del turno de noche [TSJ Valladolid 19-07-2021] y un atropello producido fuera del centro de trabajo durante el tiempo de descanso [TS 13-10-2021].

  • En el primer caso, el tribunal considera que la segunda residencia también es el domicilio de la afectada a estos efectos. Por tanto, se da el elemento teleológico (la finalidad era el trabajo), el cronológico (el tiempo de transporte invertido es adecuado), el medio de transporte era idóneo (turismo) y, respecto al domicilio, se considera concurrente con el habitual.
  • En el segundo caso, se dan los elementos de accidente de trabajo: los factores que producen el accidente no son inherentes o específicos del trabajo, pero sin las circunstancias normales de la vida de trabajo no se hubiese producido el percance.

Videovigilancia durante el descanso

El Tribunal Supremo [TS 13-10-2021] ha considerado lícito el despido de un conductor de autobús que, en su tiempo de descanso, fumó dentro del vehículo, orinó desde el autobús hacia el exterior e hizo tocamientos a una mujer a la que, en varias ocasiones, no había cobrado billete (algunas de estas circunstancias se acreditaron mediante videograbación durante los períodos de descanso):

  • Todos los trabajadores conocían la existencia de tres cámaras que grababan imágenes de todo el interior del autobús a excepción del asiento del conductor, e incluso existían distintivos informativos que advertían de su presencia.
  • El tratamiento de datos derivado de la instalación del sistema de videovigilancia no requiere el consentimiento del trabajador, puesto que se trata de una medida de seguridad. Solo era necesario el deber de información.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

Conocer su trayectoria →

¿Le afecta este tema?

Consúltelo con un abogado

Estudio personalmente su caso y le explico sus opciones. En muchos asuntos los plazos son breves.

Llamar al 695 915 147 WhatsApp Escribir al despacho

Siga leyendo

Más noticias del despacho

Otras novedades laborales, de Seguridad Social y de extranjería que pueden interesarle.

¿Menos días de asuntos propios?  (Infografía)

02/10/2026

¿Menos días de asuntos propios? (Infografía)

Los días de asuntos propios no siempre se disfrutan íntegramente ni tienen por qué ser retribuidos. Hay que revisar el convenio.

Pensión en favor de familiares en 2026: ¿puedes cobrar una pensión si has cuidado de tus padres y fallecen?

02/10/2026

Pensión en favor de familiares en 2026: ¿puedes cobrar una pensión si has cuidado de tus padres y fallecen?

La Seguridad Social reconoce una prestación económica a determinados familiares que dependían económicamente de una persona fallecida. Los hijos mayores de 45 años que se dedicaron a cuidar de sus padres pueden acceder a esta pensión si cumplen los requisitos legales.

Si la empresa no paga la incapacidad temporal, la mutua debe abonar la prestación

29/09/2026

Si la empresa no paga la incapacidad temporal, la mutua debe abonar la prestación

Cuando una persona trabajadora está de baja médica por incapacidad temporal y la empresa deja de pagar la prestación que venía abonando mediante pago delegado, no tiene por qué quedarse sin ingresos.

Solicite una cita

Estudiaré personalmente su caso

Cuénteme brevemente qué ha ocurrido y le contactaré para concertar una cita en el despacho. Revisaré la documentación y le explicaré las alternativas jurídicas y la estrategia que considero adecuada.

Escríbame

Le responderé lo antes posible. Si su asunto es urgente, llámeme.

Unas líneas bastan. No incluya documentos ni datos de salud: los veremos en la consulta.
Protección de datos

Responsable: Guillermo Doménech Martínez. Finalidad: atender su consulta y, si procede, enviarle presupuesto. Legitimación: su consentimiento. Destinatarios: no se ceden datos a terceros salvo obligación legal. Derechos: acceso, rectificación, supresión y demás, escribiendo a contacto@guillermodomenechabogado.com. Más información en la política de privacidad.

El envío de este formulario no crea una relación abogado-cliente ni interrumpe ni suspende ningún plazo legal.