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Devoluciones por pluriactividad

21/04/2021

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Interrupción del periodo de prueba

Cuando un trabajador cotiza de forma simultánea en el Régimen General y en el RETA, e ingresa cada año por contingencias comunes una determinada cuantía, tiene derecho a la devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones hayan superado dicha cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes. Pues bien:

  • Para tener derecho a la devolución en 2021, se exige haber ingresado en 2020 una cuantía superior a 13.822,06 euros.
  • La Tesorería General de la Seguridad Social debería proceder a abonar, de oficio, el reintegro que en cada caso corresponda antes del 1 de mayo.  Ello, salvo si concurren especialidades o dificultades en la cotización que impidan efectuar la devolución en ese plazo, en cuyo caso el reintegro se realizará con posterioridad a esa fecha.

Los autónomos que durante el año 2021 coticen en régimen de pluriactividad tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 12.917,37 euros, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas por contingencias comunes en el RETA.

Antes del 1 de mayo de 2021 la Seguridad Social debería proceder a abonar de oficio las devoluciones por pluriactividad.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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