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Comunidad hereditaria

22/01/2026

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Comunidad hereditaria

La Audiencia Provincial (AP) de A Coruña ha resuelto un caso muy habitual en herencias como es qué hacer cuando los herederos reciben como único bien un inmueble y no hay acuerdo para quedárselo.
Al fallecer unos padres, sus hijos heredaron una vivienda, que era el único bien en la herencia y era indivisible. Algunos de los hermanos pidieron al juzgado que se terminase la «comunidad hereditaria» y se vendiese la casa o se sacase a subasta para repartir el dinero. Sin embargo, otro hermano se opuso diciendo que primero había que hacer la partición y la liquidación del régimen económico del matrimonio, y además, solicitó quedarse en la casa por su discapacidad y los cuidados prestados a sus padres, así como que le devolvieran lo que había gastado en obras realizadas en la vivienda.
La AP ha dejado claro que, cuando el único bien de la herencia es un inmueble y no hay acuerdo, se puede pedir directamente la división del bien común, sin necesidad de liquidaciones previas ni partición formal si no existen otros bienes, y si la casa no se puede dividir, lo que procede es venderla. No hace falta esperar a que se repartan cuentas ni bienes si no los hay, y todos los herederos pueden pedir la venta.
Por otro lado, La AP no entra a valorar la petición de derecho de habitación ni el reembolso por obras porque el hermano que las solicitó no siguió el procedimiento correcto ya que tendría que haberlo planteado expresamente y de manera formal, presentando una «reconvención» (es decir, formulando una nueva demanda dentro del mismo procedimiento), cosa que no hizo. Así, estas peticiones no impiden que se divida la vivienda y se venda si no hay acuerdo entre los herederos.
Esta sentencia aclara a las familias que, cuando solo hay una vivienda en la herencia y no se ponen de acuerdo, lo más eficaz es solicitar su venta aunque no se haya hecho el reparto formal, y recuerda la importancia de plantear correctamente cualquier petición adicional en el juicio.

En controversias sobre herencias, nuestros profesionales podrán asesorarle en la defensa de sus pretensiones y derechos.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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