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Plan de igualdad en 2021

18/02/2021

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Protocolo de acoso

Actualmente las empresas que deben elaborar un plan de igualdad son las que tienen más de 150 trabajadores, o aquellas a las que las obliga su convenio colectivo. Asimismo, se debe elaborar un plan de igualdad si la Inspección de Trabajo sustituye una sanción por discriminación por razón de sexo por la obligación de implantar dicho plan. 

Pues bien, próximamente se incrementará el número de empresas obligadas a disponer de dicho plan. En concreto:

  • Si su empresa tiene entre 101 y 150 trabajadoras, deberá contar con el plan a partir del 7 de marzo de 2021.
  • Si tiene entre 50 y 100 trabajadores, deberá tenerlo a partir del 7 de marzo de 2022.

En este sentido, un plan de igualdad es un documento que recoge medidas que su empresa debe llevar a cabo a efectos de alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres, con el fin de eliminar la discriminación por razón de sexo. 

Si su empresa no elabora el plan de igualdad estando obligada a ello, podrá recibir una multa de la Inspección de Trabajo. 

Nuestro departamento laboral le ayudará a elaborar su plan de igualdad.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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