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¿Haces horas extra y no te las pagan? ¿Qué puedes reclamar a la empresa?

15/08/2026

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

¿Haces horas extra y no te las pagan? ¿Qué puedes reclamar a la empresa?

 

Las horas extraordinarias siguen siendo uno de los principales focos de conflicto entre trabajadores y empresas.

Los últimos datos vuelven a poner el problema sobre la mesa: en España se realizan aproximadamente 6,43 millones de horas extraordinarias cada semana y alrededor de 2,54 millones no son compensadas, según el análisis publicado esta semana a partir de datos de la EPA.

Pero ¿puede una empresa exigir horas de trabajo adicionales sin pagarlas? ¿Qué puede hacer el trabajador si lleva meses prolongando su jornada?

¿Qué se considera una hora extraordinaria?

Con carácter general, son horas extraordinarias aquellas que se realizan por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo.

No siempre resulta tan sencillo acreditarlas. En muchos conflictos el problema no consiste en determinar cuánto vale una hora extra, sino en demostrar que realmente se trabajó.

Por ello, el registro diario de jornada puede convertirse en una prueba especialmente importante.

¿La empresa tiene que pagar las horas extra?

Las horas extraordinarias deben compensarse conforme a lo establecido legalmente y, en su caso, en el convenio colectivo o contrato de trabajo.

La compensación puede realizarse mediante retribución económica o descanso equivalente, según corresponda.

Lo que no debería producirse es que el trabajador prolongue habitualmente su jornada y esas horas simplemente desaparezcan.

¿Cómo puedo demostrar que he trabajado más horas?

Esta es una de las cuestiones fundamentales cuando se plantea una reclamación.

Además del registro de jornada de la empresa, pueden resultar relevantes otros medios de prueba:

  • Correos electrónicos enviados fuera del horario habitual.
  • Mensajes de WhatsApp.
  • Cuadrantes y calendarios de trabajo.
  • Registros de acceso a las instalaciones.
  • Conexiones a sistemas informáticos.
  • Partes de trabajo.
  • Testigos.
  • Cualquier otro elemento que permita acreditar la jornada realmente realizada.

Por ello, si existe un conflicto con la empresa, es importante conservar la documentación y comunicaciones relacionadas con el horario de trabajo.

¿Y si la empresa me obliga a fichar y después seguir trabajando?

El mero hecho de disponer de un sistema de fichaje no significa que el registro refleje necesariamente la jornada realmente realizada.

Si un trabajador ficha su salida y posteriormente continúa trabajando por indicación o conocimiento de la empresa, habrá que analizar las circunstancias y las pruebas disponibles.

El registro horario debe servir precisamente para conocer la jornada efectiva de trabajo, no para ocultarla.

¿Puedo reclamar las horas extraordinarias que no me han pagado?

Sí, siempre que concurran los requisitos legales y puedan acreditarse.

Pero existe un elemento especialmente importante: los plazos para reclamar cantidades laborales son limitados.

Por eso no es recomendable dejar transcurrir meses pensando que todas las horas acumuladas podrán reclamarse posteriormente.

Profesores e informáticos, entre los sectores más afectados

Los datos publicados esta semana muestran grandes diferencias entre sectores. En educación, aproximadamente el 83 % de las horas extraordinarias analizadas no serían compensadas, mientras que en telecomunicaciones e informática el porcentaje alcanza aproximadamente el 82 %.

El problema, por tanto, no afecta únicamente a trabajos tradicionalmente asociados con jornadas prolongadas.

¿Qué hacer si realizas horas extra habitualmente y no las cobras?

Antes de reclamar conviene estudiar la jornada pactada, el convenio colectivo aplicable, las nóminas, el registro horario y las pruebas disponibles.

Una reclamación de horas extraordinarias debe prepararse correctamente porque la prueba de la jornada efectivamente realizada puede resultar determinante.

Abogado laboralista en Valencia

Si realizas habitualmente más horas de las que figuran en tu contrato o jornada y la empresa no te las paga ni las compensa, puedo estudiar tu caso y valorar las cantidades que pueden reclamarse y las pruebas disponibles.

Guillermo Doménech | Abogado laboralista en Valencia

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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