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Ley de la Segunda Oportunidad
Con la Ley de la Segunda Oportunidad puede resolver su situación de insolvencia y recuperar el control de su negocio y de su vida. Está dirigida a particulares, autónomos y pymes que pasan por graves dificultades económicas.
★ 4,9 en Google · 82 reseñas
+20 años de ejercicio
Colegiado en el ICAV
¿Qué consigue?
Cómo funciona
Con esta herramienta legal puede resolver su situación de endeudamiento llegando a un acuerdo de pago con sus acreedores que pueda asumir, o incluso cancelar sus deudas por ley. Estudio su caso para valorar la vía más adecuada.
Personas físicas, sean particulares o autónomos, que no pueden hacer frente a sus deudas de forma regular y actúan de buena fe.
Estar en situación de insolvencia, actuar de buena fe y no estar incurso en las causas de exclusión que establece la ley, entre ellas determinadas condenas o haberse beneficiado de la exoneración recientemente.
Se liquidan los bienes disponibles para pagar a los acreedores y el juez cancela las deudas que queden pendientes.
Permite conservar determinados bienes, como la vivienda habitual, cumpliendo un plan de pagos aprobado por el juez.
La mayoría de deudas con bancos, financieras, tarjetas y proveedores. Las deudas con Hacienda y Seguridad Social solo pueden exonerarse de forma limitada, y algunas, como las pensiones de alimentos, quedan excluidas.
Si es empresa y quiere salvarla de la quiebra o liquidarla de la mejor forma posible si no hay otra opción, le ayudo con el concurso de acreedores como paso previo para aplicar la Ley de la Segunda Oportunidad.
¿Cómo le ayudo como abogado?
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Opiniones en Google
★★★★★ 4,9 de 5 · 82 reseñas en Google · Ver todas las reseñas
★★★★★
«Desde la primera llamada me trasmitió interés, comprensión, confianza y seguridad, lo que es muy importante en estas situación tan desagradables. Durante todo el proceso estuvo implicado y siempre disponible para resolver y aclarar mis dudas.»
Lilyana Valerieva · Despido
★★★★★
«Ganó el juicio contra la oficina de extranjería por la denegación de mi permiso de trabajo, muy contento, lo recomiendo como abogado.»
nfila · Extranjería
★★★★★
«Ganado juicio contra la seguridad social un éxito. Abogado muy profesional, muy honesto. Estoy seguro que sin don Guillermo no hubiese sido posible ganar.»
Manuel Solera Martínez · Seguridad Social
★★★★★
«Excelente profesional, llevo una sanción que me impuso la empresa y una modificación circunstancial de mis condiciones de trabajo, en ambas muy satisfecho con los resultados.»
Carlos Gallardo · Sanción laboral
★★★★★
«Guillermo es una persona muy cercana y mantiene contacto constante (no te sientes abandonada en ningún momento). Lo estudia todo muy mucho. Abogado de 10.»
Elisabet Casero Rodríguez
★★★★★
«Me gustaría dejar un comentario sobre la excelente labor de Guillermo Doménech, quien ha sido fundamental para resolver mi problema con la TIE (Tarjeta de Identificación para Extranjeros).»
Motbinama International · Extranjería
Opiniones reales publicadas por clientes en Google. Cada asunto es distinto y su resultado depende de sus circunstancias concretas.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cancelar todas mis deudas?
La mayoría de deudas privadas pueden cancelarse. Las deudas públicas solo de forma limitada, y algunas deudas están excluidas por ley.
¿Pierdo mi vivienda?
No necesariamente. La exoneración con plan de pagos permite en muchos casos conservar la vivienda habitual.
¿Puedo acogerme si soy autónomo?
Sí. La ley se dirige a particulares y autónomos, también con deudas derivadas de su actividad.
¿Cuánto dura el procedimiento?
Depende de la vía elegida y de la carga del juzgado. Le doy una estimación realista tras estudiar su caso.
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Cuénteme brevemente qué ha ocurrido y le contactaré para concertar una cita en el despacho. Revisaré la documentación y le explicaré las alternativas jurídicas y la estrategia que considero adecuada.
Le responderé lo antes posible. Si su asunto es urgente, llámeme.
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