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Accidente de tráfico

14/01/2026

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Accidente de tráfico

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto un complicado caso derivado de un accidente de tráfico ocurrido en 2014 en la autopista A-7 (Altea, Alicante). El accidente lo causó un remolque con matrícula de Marruecos arrastrado por un autobús, también marroquí. A raíz del accidente, los perjudicados (conductor, acompañante y su aseguradora) intentaron reclamar los daños, lesiones personales y materiales.

La cuestión principal era saber cuál es el plazo para reclamar estos daños cuando el vehículo causante es extranjero y, sobre todo, cuándo empieza a contar ese plazo. Lo complicado aquí fue que los perjudicados no sabían desde el principio si el vehículo causante tenía seguro válido (la llamada “carta verde”). Tras varios meses de gestiones con OFESAUTO (organismo español que gestiona estos casos con vehículos extranjeros) y autoridades de Marruecos, finalmente se confirmó en marzo de 2016 que el vehículo no tenía seguro válido.

Tanto el juzgado como la Audiencia Provincial habían entendido que el plazo para reclamar era de un año desde que las lesiones se estabilizaron, por lo que la acción estaría prescrita y los demandantes no podían ya reclamar. Sin embargo, el TS corrige este criterio y considera que el plazo para reclamar no empieza hasta que los perjudicados tienen conocimiento efectivo de que no hay seguro, algo que solo supieron en marzo de 2016. Así, en este caso, la demanda sí fue presentada a tiempo.

El TS aclara que no se puede exigir a los afectados una investigación más allá de lo razonable y que hasta no conocerse la inexistencia de seguro (elemento esencial para saber a quién reclamar), no empieza a contar el plazo límite. Por tanto, devuelve el asunto a la Audiencia Provincial para que entre en el fondo del asunto y decida sobre la responsabilidad y las indemnizaciones, ya que hasta ahora solo se había discutido la prescripción.

Si usted se siente perjudicado y en situación de exigir responsabilidades por algún daño sufrido a causa de un accidente de circulación, nuestros profesionales podrán asistirle en el ejercicio de sus reclamaciones

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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